La necesaria «Voluntad Anticipada»

La necesaria «Voluntad Anticipada»

Hace unos pocos días, Olga Sánchez Cordero, futura senadora y virtual secretaria de gobernación en el futuro gobierno de Andrés Manuel López Obrador, en una entrevista bastante informal afirmo:  «Vamos a promover la ley de voluntad anticipada… (vamos a promover) el derecho humano a la muerte digna, a morir con dignidad». Vídeo

Esta declaración ha provocado reacciones en redes sociales, la mayoría de las veces negativas, mostrando aversión y escándalo ante lo propuesto por la ex ministra de la suprema corte.   Me abstengo de citar algunos medios de comunicación para no hacer difusión de su publicación sesgada, que han denotado o una gran ignorancia, o un deseo de manipulación de la sensibilidad cristiana, o ambas.  Lo anterior me lleva a compartir estas letras con ustedes.

Primero, no es lo mismo «voluntad anticipada» que «eutanasia», «suicidio asistido» o «muerte digna».

Para poder referirnos a «muerte digna» es necesaria la correcta comprensión del término y separarnos del término «eutanasia».

La «muerte digna» es todo un tema de debate ético, pues se entiende, en un sentido, como el garantizar el acceso a todo lo humanamente necesario para morir bien, o diría yo, para vivir bien hasta el último minuto, por ejemplo: medicamentos, cuidados, cercanía de los familiares, acompañamiento espiritual y evitar el abuso de tratamientos que pueden prolongar la vida pero también el dolor y el sufrimiento del enfermo y la familia, en detrimento de la dignidad de la persona, de la vida digna.

Existe una corriente que afirma que el «derecho a la muerte digna» tiene que ver con poder elegir el momento y la forma en que se quiere morir. Yo no comparto este punto de vista.

Ya en sí, el tema «muerte digna» encarna un debate importante y demanda una reflexión  profunda e integral sobre el tema. 

Volvamos al tema «eutanasia«. Esta es en realidad una bella palabra: que etimológicamente significa: buena muerte. Pero el debate y el problema consiste en definir qué es una «buena muerte», quiénes son acreditados para considerar una «buena o mala muerte», el derecho de cada uno a la comprensión de la «buena muerte». En medio de todo esto han aparecido nuevas palabras como la «distanasia» que se separa del término eutanasia y se refiere al tratamiento médico desproporcionado que prolonga el sufrimiento de los enfermos.

Como podemos darnos cuenta, el asunto de los términos es todo un punto complicado, y demanda de nosotros mucho conocimiento y reflexión. Pero no es mi objetivo este humilde texto. Ahora me centro en lo que ha dicho Olga Sanchez Cordero: Ley de voluntad anticipada

No pocas veces he sido testigo del «encarnizamiento terapéutico» en algunos hospitales, sobre todo en los privados.  Esto se refiere a una persona que sufre un padecimiento que le deja incapacitado para decidir hasta dónde llegar con tratamientos y procedimientos que no van a devolverle la salud, o al menos mantener la vida con ciertas condiciones «dignas».  Los médicos van ejecutando y ejecutando acciones y procedimientos que prolongan la vida, incomunican al enfermo agónico de sus seres queridos, agotan a la familia y provocan grandes deudas económicas que afectarán también la calidad de vida de los familiares.

Hay procedimientos muy controvertidos que no son fáciles de revertir. Una vez que una persona es conectada a un respirador, no será nada simple desconectarlo. Por ejemplo.

¿Qué dice la ley de la Ciudad de México sobre «voluntad anticipada»?

«La Voluntad Anticipada es la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona (Art. 1 de la Ley de Voluntad Anticipada para el Distrito Federal). La Voluntad Anticipada favorece la atención paliativa y los cuidados al final de la vida, el énfasis está en el acompañamiento del paciente durante esta etapa de su vida. No prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte.» 1

Ante este debate podemos preguntarnos: ¿Qué tipo de procedimientos estaría yo de acuerdo que me practicaran? ¿Me gustaría morir solo en una habitación de terapia intensiva o morir rodeado de mis seres queridos ante mi ya inminente muerte? ¿Aceptaría con una función cardiaca del 15% ser sometido a un proceso de hemodiálisis? ¿En qué momento me gustaría que mis familiares paren los medios extra-ordinarios (no me van a curar, sólo prolongan mi vida? ¿Quién quiero que decida por mí en caso de perder la conciencia?  Estos son puntos que uno plasma, entre otros, en una «voluntad anticipada».

Hoy la «voluntad anticipada» no tiene carácter legal en algunos estados del país. Y son los profesionales de la salud los que comienzan a tomar las decisiones, incluso en lugar de la familia.

Con lo anterior sintetizo:

  1. Necesitamos una ley de voluntad anticipada en México.
  2. Necesitamos dejar en claro que se entiende como «muerte digna».
  3. No debemos confundirnos con la eutanasia.
  4. No hagamos reflexiones superficiales y obtengamos conclusiones vanas.
  5. Tengamos la cabeza bien abierta e informada para entender y participar de este debate.
  6. Comencemos a preguntarnos sobre este tema ante un escenario hipotético en el que podríamos llegar a estar.
  7. Debemos participar activa e informadamente de las propuestas que se hagan en términos legislativos. ¡Más propuestas de nuestra parte!

 

Sugiero leer el siguiente texto:

Etica y muerte digna: propuesta de consenso sobre un uso correcto de las palabras